Por una cuestión de procedimiento, un tribunal federal echó abajo el amparo que había ganado Raymundo Collins contra las dos órdenes de aprehensión que tenía vigentes, por supuestamente autorizar en la SSP capitalina contratos de consultoría sin licitación por 10.4 millones de pesos.
El Tercer Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México determinó que un solo amparo no puede combatir dos mandatos de captura, sobre todo si los hechos no están relacionados entre sí, razón por la que ordenó reponer el procedimiento y tramitar dos demandas de garantías por separado.
Ahora esta resolución será notificada a Antonio González García, Juez Segundo de Distrito de Amparo en esta ciudad, para que instruya dos juicios de garantías, uno contra cada orden de aprehensión.
«En consecuencia, con vista a la figura de separación de juicios, no es técnicamente jurídico analizar en un mismo amparo, dos actos reclamados que no tienen vinculación entre sí, es decir, que lo resuelto en cada uno de ellos no afecta ni repercute al otro; circunstancia ésta, que sería el único caso que permitiera que un mismo juicio se resolviera sobre diversos actos reclamados», dice el fallo dictado por unanimidad.
«De ahí que lo procedente es revocar el fallo recurrido, y ordenar reponer el procedimiento de amparo, a efecto de que el Juez de Distrito tramite el incidente de separación de juicios».
Los magistrados estimaron que, debido a esta violación del procedimiento, ni siquiera era necesario entrar al estudio de la prescripción del delito, el principal motivo por el que en primera instancia el juez González García concedió el amparo para cancelar las capturas.
El pasado 15 de noviembre el juez González García dejó sin efecto las dos órdenes de captura, al concluir que la Fiscalía capitalina empezó a investigar ambos casos después del 1 de abril y 9 de mayo de 2020, fechas límite que tenía para abrir las indagatorias.
En esa sentencia, señaló que el Órgano Interno de Control de la extinta SSP denunció a Collins, el 29 de julio de 2020, fecha en que iniciaron las investigaciones de la Fiscalía y cuando ya había vencido el plazo para perseguir el delito.
También refirió que el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades ya estaba prescrito en ambos expedientes, porque fue fincado indebidamente con base en una reforma que entró en vigor después de los hechos.
Lo correcto era imputarlo con base en la legislación vigente al momento de los supuestos ilícitos, cuando el plazo para perseguir el ilícito era de 3 años, y no conforme a la reforma, que aumentó esa temporalidad a 4 años, 7 meses y 15 días.
Este fallo del juez González García fue impugnado por la Fiscalía de la CDMX y es ese recurso de revisión con el que logró que el colegiado ordenara reponer el procedimiento y tramitar dos amparos por separado.
Las órdenes de aprehensión combatidas por Collins en este amparo fueron libradas el 12 de noviembre de 2021 y el 22 de enero de 2022, por hechos relacionados con dos contratos en la Secretaría de Seguridad Pública local.
El primero fue suscrito, el 8 de noviembre de 2018, para la «Elaboración del Diagnóstico Operativo de la Dirección General de Administración de Personal y Mejora de Procesos Administrativos» por 5 millones 199 mil 816 pesos.
Y el segundo fue firmado, el 1 de octubre del mismo año, para los «Servicios legales de análisis y verificación de los mecanismos contractuales de control, gestión del trabajo legal y protección de datos personales», por 5 millones 200 mil pesos.
El ex mando policiaco se encuentra en Estados Unidos desde hace más de dos años y, aunque las autoridades locales han manifestado que ya pidieron su extradición, hasta ahora no se ha iniciado en el País vecino ningún proceso judicial para repatriarlo.
CON INFORMACIÓN DE AGENCIA REFORMA.
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