La Consejería Jurídica de Presidencia arremetió contra los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego de que, por mayoría, mantuvo vigente la suspensión que impide aplicar las reglas del llamado ‘Plan B’ sobre propaganda electoral en Coahuila y el Estado de México.
En un pronunciamiento, el jurídico de Ejecutivo federal consideró que los Ministros tomaron una decisión basada en criterios de carácter político y no legales.
El reclamo de Presidencia apuntó de manera directa contra el Ministro Alberto Pérez Dayán, quien emitió la suspensión de la aplicación de la reforma electoral desde el pasado 20 de febrero.
De acuerdo con la Consejería, a cargo de María Estela Ríos, el juzgador debió excusarse en la votación de este miércoles, en la que se resolvió una queja, justamente contra esa decisión.
«La determinación exhibe la parcialidad y el criterio evidentemente político, no jurídico, con el que se conducen algunos integrantes del alto tribunal, toda vez que la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a jueces, magistrados o ministros intervenir en asuntos en que ellos mismos participaron o emitieron la resolución cuestionada, ya que su juicio será evidentemente parcial a favor de su criterio», advirtió la CFEJ.
«Es una cuestión de ética judicial que el ministro Pérez Dayán no observó, pues, al ser juez y parte, estaba obligado a excusarse para no participar en la votación de un asunto en el que se proponía revocar su resolución».
Este día, la Corte determinó que la reforma electoral, en materia de propaganda, no aplica en los procesos de Coahuila y el Estado de México, donde se renovarán gubernaturas.
Por tres votos contra dos, la Segunda Sala de la Corte desechó un proyecto de la Ministra Loretta Ortiz, que pretendía revocar la suspensión concedida por Pérez Dayán.
Sólo Yasmín Esquivel apoyó el proyecto, que daba la razón a un recurso de reclamación del Poder Ejecutivo, mientras que el propio Pérez Dayán, Luis María Aguilar y Javier Laynez votaron en contra.
La Consejería insistió en cuestionar la suspensión de una norma general y hasta el cambio de criterio de algunos ministros como Javier Laynez Potisek, quien consideró -en resoluciones anteriores- que existe una prohibición expresa para ello.
«La ley dejó de ser la ley para algunos ministros, pues, con su actuar, vacían de contenido el artículo 64 de la Ley Reglamentaria y contravienen el mandato constitucional de cumplir y hacer cumplir las disposiciones que regulan los procedimientos constitucionales», agregó.
«La imparcialidad constituye el principio de mayor valor en todo sistema judicial. Si los jueces no cumplen este principio, no existirá justicia. Los integrantes del tribunal constitucional tienen la obligación de actuar en todo momento con imparcialidad para garantizar al pueblo de México que puede confiar en su labor; de ello dependerá conservar o perder su legitimidad».
CON INFORMACIÓN DE AGENCIA REFORMA.
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