El diputado Alejandro Martínez Bermúdez, planteó reformar el Código Penal para el Estado de Morelos en su artículo 132, con el propósito de sancionar a quien abandone a una mujer embarazada, cuando se trate de su esposo o el sujeto que resulte ser el padre del producto de la concepción; en su propuesta legislativa, establece que se impondrá una pena de uno a tres años de prisión y una multa que va de mil a mil quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización.
El diputado subrayó que es momento de sancionar a los padres que no cumplieron con su responsabilidad y abandonaron a su pareja embarazada para no hacerse cargo de la situación, por lo que consideró necesario poner un alto y establecer sanciones a quien incurra en este acto.
En tribuna detalló que actualmente, el ordenamiento citado establece en su título segundo sobre “Delitos contra la seguridad de las personas”, capítulo I sobre “Omisión de cuidados”, que al que abandone a una persona incapaz de valerse por sí misma, teniendo la obligación de cuidarla, se le impondrá de uno a tres años de prisión.
Destacó que en su propuesta agrega que “Además de la pena descrita en el párrafo anterior, al que abandone a su esposa o concubina estando embarazada, o a una mujer en esa condición, que posteriormente demuestre la paternidad del sujeto activo del delito, se le impondrá una multa de mil a mil quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización”.
Ante sus homólogos legisladores, el diputado integrante del Grupo Parlamentario Morena, consideró que es necesario brindar respaldo legal a las mujeres embarazadas, ya que además de las cuestiones emocionales, morales y económicas a que se ha de enfrentar, tendrá en su momento que demandar un juicio de reconocimiento de su hijo y todas las vicisitudes que dicho proceso conlleva, por lo que es prioritario legislar para proteger a las mujeres embarazadas y a los niños de Morelos.
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